Maltrato Infantil

las niñas no se tocan

Definición y tipos de maltrato infantil intrafamiliar: Una de las definiciones más claras, de las hasta ahora publicadas, es la que considera el maltrato infantil como toda acción, omisión o trato negligente, no accidental, que priva al niño de sus derechos y su bienestar, que amenaza o interfiere en su desarrollo físico, psíquico o social y cuyos autores son personas del ámbito familiar. De forma sencilla y operativa se distinguen los siguientes tipos de maltrato:

  Maltrato físico  Negligencia  Abuso sexual  Maltrato emocional

Definición de cada tipo de maltrato:

Maltrato físico: toda acción voluntariamente realizada que provoque o pueda provocar lesiones en la infancia y adolescencia

Negligencia: la omisión de una acción necesaria para atender el desarrollo y el bienestar físico y psicológico de un menor. La negligencia intrafamiliar viene a identificarse con el abandono de las obligaciones que socialmente son encomendadas a los padres o tutores de un menor. Por eso en España se considera que se actúa negligentemente cuando:  No se proporciona al menor la alimentación adecuada a su edad.  Se descuidan sus necesidades en el vestido y en el calzado.  No se atienden sus necesidades sanitarias (no tener las vacunaciones al día, no proporcionar la medicación a su tiempo y con las dosis indicadas, no visitar al médico cuando se muestren estados de salud deficientes…).  Se descuidan las necesidades educativas. Todo lo que implique absentismo escolar se considera negligencia.  Descuido en la higiene.  Largos periodos sin supervisión del menor por los padres o tutores.  Repetidos accidentes domésticos.

Maltrato sexual: cualquier comportamiento en el que un menor es utilizado por un adulto u otro menor como medio para obtener estimulación o gratificación sexual. Se incluyen el voyeurismo, exhibicionismo, tocamientos y penetración. También la inducción de un menor a la prostitución por parte un familiar aunque la relación sexual se mantenga con terceros. Siguiendo las recomendaciones de la Academia Española de Sexología y Medicina Sexual* añadimos subtipos del abuso sexual con el fin de mejorar la protección de la población infantil, las relaciones de género y la educación sexual. Subtipos de maltrato sexual:  Las mutilaciones o daños físicos en órganos de claro significado sexual, como la mutilación del clítoris, los labios menores o mayores; así como la mutilación de mamas o la presión con objetos que impidan su crecimiento, etc.  Los matrimonios concertados de menores prepúberes o adolescentes por parte de personas adultas, en muchos casos niñas que son entregadas como esposas por la propia familia.  Abusar sexualmente de una persona menor que no puede consentir, dada su edad (o sus limitaciones mentales y sociales) o que es sometido/a cualquier conducta sexual sin su consentimiento.  Las formas de abuso y las estrategias de los abusadores son muy diversas, incluyendo acciones a través de internet como el sexting y el grooming, entre otras.  Las diferentes formas de explotación sexual comercial de menores, con dos formas bien específicas, la mal llamada prostitución infantil (porque en ningún caso puede considerarse una decisión libre) y la pornografía infantil.  Estas formas de maltrato sexual deben figurar separadas de los abusos sexuales, porque su naturaleza comercial, contexto social, motivación, etc., es muy distinta.  En el primer caso, se trata de la venta o compra de servicios sexuales de menores o de la participación en cualquier tipo de mediación comercial en esta actividad.  En el segundo se trata de involucrar a menores en la producción, comercialización, venta, compra, difusión o uso de contenidos con pornografía infantil-adolescente.  La no aceptación de la identidad sexual, incluidas la transexualidad y transgénero de un niño o una niña.  La no aceptación de la homosexualidad o la bisexualidad en la infancia o la adolescencia.  La negación a las personas con discapacidad de la educación sexual y los derechos sexuales que podrían hacer efectivos si recibieran las ayudas adecuadas.  Las diferentes formas de negligencia sexual, como no ofrecer información y educación adecuada en la familia y escuela para su salud sexual.  Diferentes formas de negligencia sexual como negar informaciones básicas, dejando de hacer una adecuada educación sexual positiva, impedir a profesionales en la escuela o en los servicios sanitarios y sociales que informen a la población infantil y adolescente y les ayuden a evitar riesgos es una forma de negligencia que puede tener graves consecuencias personales y sociales bien conocidas.  La violencia de género y todo tipo de violencia intrafamiliar puede tener graves consecuencias para niñas, niños y adolescentes, por lo que debe ser considerada también una forma específica de maltrato a la infancia que afecta muy especialmente a la mala socialización como hombre o como mujer. Además de las consecuencias directas de la violencia manifiesta, los modelos educativos no igualitarios perpetúan las desigualdades e impiden el sano desarrollo de hombres y mujeres, socializando para la discriminación de las mujeres desde la infancia y provocando carencias que dificultan la vida sexual y amorosa de ambos sexos. 

Maltrato emocional: acción, actitud o incapacidad de proporcionar un ambiente emocional propicio para el desarrollo psicológico, físico que permita lograr independencia y seguridad. Las actitudes que mantienen los adultos hacia los menores son fundamentales en el caso del maltrato emocional:  Conductas de ignorar al menor.  Actitudes de distanciamiento, de desapego, o la privación de afectos y de seguridad (maltrato emocional pasivo).  Conductas como gritar al menor, enfurecerse con él, regañarles violentamente, amenazarlos (maltrato emocional activo).  Inducción en los menores de comportamientos antisociales mediante la realización de actividades inadecuadas en presencia de los niños (emborracharse, drogarse, el menor es testigo de conductas violentas).

Fuente: UANL